Protocolo para el desarrollo de las visitas de pares evaluadores bajo la modalidad virtual

La Resolución CONEAU N.° 382/11 y las Ordenanzas CONEAU N.° 63, 65 y  66 prevén la realización de una visita como parte de los procesos de evaluación y acreditación. 

A partir de la experiencia desarrollada durante 2020 y a los fines de optimizar los medios y recursos destinados a lograr una observación comprehensiva del funcionamiento de una institución universitaria o de una carrera, la CONEAU, mediante la RESFC-2021-293-APN-CONEAU#ME, aprobó el “Protocolo para el desarrollo de las visitas bajo la modalidad virtual a desarrollarse en el marco de los procesos de evaluación y de acreditación” que figura en el anexo de la resolución (IF-2021-69884439-APN-CONEAU#ME).

En el marco de un proceso de evaluación, se entiende por visita virtual aquella que permite a los miembros de la CONEAU, pares evaluadores, expertos y profesionales técnicos, acceder en forma remota mediante la utilización de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) a una representación fidedigna de los interlocutores y de las distintas instalaciones, equipamientos y situaciones, indispensables para la finalidad de la visita.