Decreto Nº 93/18│ Designación de personas en el Sector Público Nacional

El Presidente de la Nación, Mauricio Macri oficializó el Decreto que prohibe la designación de familiares directos en el estado y fijó los criterios aplicables para el Sector Público Nacional. [31.01.2018]

 

El artículo 1 del texto oficial indica: "Dispónese que no podrán efectuarse designaciones de personas, bajo cualquier modalidad, en todo el Sector Público Nacional, que tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro. Quedan incluidos el cónyuge y la Unión Convivencial".

Las personas alcanzadas deberán desvincularse antes del 28 de febrero, agrega el decreto 93/2018. De la medida quedan exceptuadas “las personas designadas mediante procesos de selección por concurso público de antecedentes o que cuenten con estabilidad en el cargo”.

En los considerandos de la norma, el Gobierno argumentó que "asumió el compromiso de continuar mejorando la institucionalidad, la integridad y la transparencia de todas las políticas públicas que lleva adelante" y que "transcurridos dos años de gestión, y efectuado un reordenamiento administrativo que ha permitido mejorar la gestión global del Estado Nacional, resulta ahora necesario adecuar nuevos criterios que sean aplicables al régimen de designaciones bajo cualquier modalidad de funcionarios públicos", completó.

Ver Decreto completo y Anexo