Procedimientos de acreditación de proyectos de carreras de grado

La acreditación de proyectos al sólo efecto del reconocimiento oficial del título se realiza solo para los casos de carreras declaradas de interés público con estándares aprobados.

De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza CONEAU Nº 62/17, la presentación de los proyectos debe hacerse a través de un formulario de Formalización en el CONEAU Global en las primeras quincenas de los meses de marzo o septiembre de cada año.

En forma simultánea, las instituciones por medio de un apoderado institucional, deben generar un expediente electrónico a través de la Plataforma “Trámite a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

La presentación se hará efectiva en los meses de abril y octubre. Las instituciones deberán completar la información de la carrera en el formulario Web de CONEAU GLOBAL.

Los comités de pares evaluarán los proyectos, aplicando los estándares y criterios establecidos en las Resoluciones Ministeriales. Los pares brindarán su opinión acerca del grado de cumplimiento de los estándares en los proyectos evaluados.

El trámite quedará concluido con un dictamen que recomiende hacer o no hacer lugar a la solicitud de reconocimiento oficial provisorio del título o con una resolución que haga lugar al pedido de retiro.

El dictamen favorable implica la acreditación provisoria del proyecto de carrera de grado. Esta acreditación es conducente al otorgamiento del reconocimiento oficial provisorio de su título por parte del Ministerio de Educación, conforme a la Resolución Ministerial Nº 51/10.

En caso de que el dictamen sea desfavorable, la institución puede solicitar una revisión.

Iniciadas las actividades académicas previstas en el proyecto, la carrera deberá presentarse a la primera convocatoria posterior a la finalización del primer ciclo de dictado, de acuerdo con la duración teórica prevista en el plan de estudios.