De la Investigación Científica

Artículo 94 -
1)  Una de las misiones básicas de la Universidad es promover la ciencia y la técnica. Por ello una de sus tareas fundamentales es la realización de investigaciones científicas.
2)  Es función del gobierno universitario orientar a la Universidad hacia el logro de esos objetivos.
3)  Corresponden a la Universidad, como responsabilidades insoslayables e indelegables:
     a)    La creación del conocimiento científico y el desarrollo de una capacidad tecnológica dentro de su ámbito.
     b)    Formar los recursos humanos para la investigación.
     c)    Formar los correspondientes recursos físicos.
     d)    Mantener y mejorar los recursos humanos.
     e)    Mantener y mejorar los recursos físicos.
Artículo 95 -
1)    La Universidad deberá disponer de recursos económicos exclusivamente destinados a la realización de las acciones enumeradas en el Art. 94.

2)    El gobierno universitario determinará los criterios adecuados para la promoción y estímulo de las investigaciones y la orientación de los desarrollos científicos y tecnológicos. Con ese fin creará los organismos asesores y los organismos ejecutores y de control de gestión que sean necesarios, dentro del sistema de cogobierno. En el contexto de las características universales de la ciencia y del método científico, atenderá a los requerimientos propios de nuestro país. Asimismo, fijará los criterios racionales de regionalización, originados tanto en razones históricas como en necesidades específicas.

3)    La Universidad estimulará la relación entre la comunidad científica y tecnológica universitaria y el resto de la sociedad. La autoridad universitaria establecerá relaciones institucionales con otras universidades, organismos nacionales, provinciales, municipales, privados y extranjeros relacionados con la investigación científica y el desarrollo tecnológico.

Artículo 96 - Las autoridades universitarias arbitrarán las medidas idóneas para la promoción de la investigación, las que incluirán:
a)    La utilización de cargos con dedicaciones especiales como apoyo a la investigación científica en todas sus etapas: de iniciación, de perfeccionamiento y superior.
b)    La institucionalización de la formación superior a través de la creación de carreras de doctorado.
c)    El apoyo a los grupos de investigación, tanto unidisciplinarios como multidisciplinarios e interdisciplinarios.
d)    La armonización y compatibilización de planes y proyectos de investigación entre las distintas universidades y demás organismos relacionados con la ciencia y la técnica.