Carga de contratos de única retribución

Se debe cargar el importe estipulado en el contrato, como novedad permanente, en los siguientes conceptos:
 

Concepto 190: es solo para categorías 612 "Contratos ND única retribución " y 615 "Contratos docente única retribución .

Concepto 193: Clausula Addenda, cuando se modifica el importe de un contrato se deja el importe original en el concepto 190, y se agrega como novedad el concepto 193 con la diferencia.

Estos conceptos prorratean los días de pago según licencias sin goce y fecha de fin del cargo.