Asignación complementaria docente

A- Tope pago asignación complementaria

El tope para abonar asignaciones complementarias docentes se determina con el básico (ficha 10) para una dedicación exclusiva de su categoría de revista más la antigüedad determinada sobre ese básico. Es decir que para determinar la antigüedad a estos efectos no se considera la ficha 118.

Ejemplo:

Para un docente que reviste en un cargo de profesor adjunto de dedicación simple (111) con 15 años de antigüedad el tope para abonarle asignación se determina:

5474,84 + (5474,84 * 70%) = 9307,23

5474,84 + 3832,39 = 9307,23

1) 5474,84 es el básico de septiembre 2012 de un profesor adjunto de dedicación
exclusiva (109).
2) El porcentaje de antigüedad que corresponde a 15 años es del 70%.
3) La antigüedad determinada al 70% da un importe de 3832,39.
4) La máxima asignación complementaria que puede percibir este profesor adjunto
con dedicación simple es de 9307,23.
5) Para determinar el tope se debe considerar la tabla de sueldo vigente para el
mes al cual corresponde la asignación.

B- Excepciones

B- 1 En el caso que se establezca por Resolución el pago de un cargo de autoridad: a través de asignación complementaria como diferencia entre su/s cargo/s de revista y el de autoridad indicado, no debe considerarse el tope indicado. Para determinar la asignación se debe considerar la tabla de sueldo vigente para el mes al cual corresponde.
B- 2 Para quienes se desempeñan como ayudantes alumno (cargo 122 A y B) el tope para abonar asignaciones complementarias docentes se determina con el 80% o el 60% del básico para un cargo de profesor ayudante “A” con dedicación exclusiva (117) sin adicionar antigüedad.
Ejemplo:
Para un/a agente que reviste en un cargo de ayudante alumno categoría A (80%) con 3 años de antigüedad el tope para abonarle asignación se determina:

4101,53 * 80% = 3281,22

1) 4101,53 es el básico de septiembre 2012 de un profesor ayudante “A” con
dedicación exclusiva (117).
2) La antigüedad no se adiciona.
3) El 80% es el porcentaje que corresponde al ayudante alumno clase “A”.
4) La máxima asignación complementaria que puede percibir este ayudante alumno
clase “A” es de 3281,22.
5) Para determinar el tope se debe considerar la tabla de sueldo vigente para el
mes al cual corresponde la asignación.

C- Resolución

Solo se podrán cargar en el Sistema SIU Mapuche las asignaciones complementarias docentes una vez que cuenten con el correspondiente acto administrativo o bien se deberá remitir una nota GDE firmada por la autoridad máxima de la dependencia a la Dirección de Control y Liquidación de Haberes. La Resolución que autorice la asignación complementaria deberá contener: cargo en que percibirá la asignación, remuneración bruta total de la asignación, mes de imputación de pago, fuente de financiamiento y subcuenta; para el caso que no se presente la nota o bien la Resolución no contenga alguno de los requisitos solicitados, no se podrán cargar las asignaciones complementarias en el Sistema SIU Mapuche.