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La UNC ya tiene su declaración de los derechos estudiantiles

El Consejo Superior aprobó por unanimidad un proyecto que busca reconocer y garantizar derechos generales, académicos, sociales y políticos a todos los alumnos de la Casa de Trejo. La votación se produjo luego de un extenso debate en el que los consiliarios pusieron en valor el proceso de construcción de consensos que permitió articular la propuesta final. El pronunciamiento apunta a fortalecer el proceso de democratización institucional. [29.09.2009]

Acciones de Documento

La Universidad Nacional de Córdoba aprobó su declaración de derechos estudiantiles. Lo hizo a través del Consejo Superior, cuyos miembros acompañaron por unanimidad el proyecto que había sido presentado por la bancada estudiantil y que fue ampliamente debatido por los representantes de todos los claustros. Durante su tratamiento, en la sesión del martes 29 de septiembre, los consiliarios subrayaron las instancias de construcción de consenso que posibilitaron la sanción de la propuesta.

En sus considerandos, el proyecto reconoce que diferentes obstáculos en materia de salud, vivienda y alimentación afectan la calidad de vida de los alumnos y dificultan su permanencia en el cursado. También advierte que la mayoría de los derechos estudiantiles son regulados de manera disímil en cada unidad académica, lo que genera situaciones de desigualdad. En este marco, sostiene que así como existe un régimen disciplinario también corresponde establecer un régimen de derechos estudiantiles.

El texto enumera diferentes iniciativas que permitieron avanzar en políticas activas de garantía de derechos. Entre ellas figuran la creación de la Dirección de Inclusión Social y la Oficina de Inclusión Educativa de personas en Situación de Discapacidad; la modificación del sistema de becas con un criterio más inclusivo; la gratuidad en la atención primaria de salud; y la participación de los alumnos en la evaluación del desempeño docente y en los concursos de profesores, entre otras.

La declaración aprobada por el Consejo Superior sostiene:

ARTÍCULO 1°: Todo estudiante de la Universidad Nacional de Córdoba, como ciudadano pleno de la Comunidad Universitaria tiene los siguientes derechos que deben garantizarse sin ningún tipo de discriminación por motivos de género, etnia, religión, idioma, condición bio-física, opción política o de otra índole, lugar de origen, relación con el mercado laboral, posición en la estructura social, de acuerdo a las normas que reglamentan su ejercicio.

DERECHOS GENERALES | Como integrante fundamental de la comunidad universitaria tiene derecho a:

1º: Ser reconocido/a como estudiante al momento de inscribirse en cualquier carrera de la UNC.

2º: Permanecer en el sistema de educación superior mientras cumpla con las obligaciones que exige la normativa.

3º: Acceder a toda la información relativa a sus derechos y obligaciones como estudiante de esta Universidad.

DERECHOS ACADÉMICOS | Con el fin de acceder a una educación de excelencia y asegurar las condiciones necesarias para garantizarla, todo/a estudiante tiene derecho a:

4º: Equidad en el acceso al conocimiento y en las instancias de cursado y de evaluación.

5º: Acceder a recursos que posibiliten la formación integral, contemplando las nuevas estrategias pedagógicas y las mejoras en los equipamientos tecnológicos.

6º: Acceder a materiales de estudio, bibliotecas y bases de datos virtuales, que le permitan disponer de textos científicos y académicos de actualidad y vigencia local e internacional, garantizando el acceso al conocimiento.

7º: Contar con un régimen general de alumno que:

· Favorezca la libre elección de la cátedra en que cursar sus materias y/u horarios de cursado.

· Asegure que los estudiantes accedan a los programas y objetivos de cada materia y a las modalidades, dispositivos y criterios de evaluación antes de los exámenes.

· Evite la superposición de los exámenes correspondientes a materias del mismo año/semestre según la currícula establecida en el plan de estudios.

· Garantice el acceso de los estudiantes a sus propios exámenes escritos corregidos, sin importar el soporte en el que hayan sido realizados, y dentro de la época de examen correspondiente.

· Garantice instancias de recuperación de exámenes parciales y trabajos prácticos.

· Garantice que las actas de exámenes constituyan un documento de notificación de la calificación obtenida.

· Garantice la sustanciación de exámenes finales regulares y libres a cargo de un tribunal docente. La situación de excepción será establecida por el Honorable Consejo Superior.

· Garantice el derecho de revisión de las actuaciones en los exámenes.

· Asegure exámenes públicos, con la posibilidad de solicitar mesa especial o un veedor estudiantil con voz en los tribunales cuando existan situaciones de conflictos y/o de arbitrariedad.

8º: Acceder a licencias estudiantiles según lo establecido por las reglamentaciones vigentes.

9º: Acceder a los cargos de ayudantes alumnos por algún sistema de selección en base a los criterios académicos establecidos por cada Unidad Académica. Estos cargos constituyen antecedentes docentes. Las Unidades Académicas deberán propender a la generación de cargos de ayudantes alumnos remunerados.

10º: Participar de forma activa en los procesos de selección y evaluación de sus docentes, según lo establecido por los estatutos y reglamentaciones vigentes.

DERECHOS SOCIALES | Nuestra Constitución Nacional y distintos Pactos Internacionales con jerarquía constitucional, a los cuales la Argentina suscribió o adhiere, declaran derechos que el Estado debe garantizar y tutelar y que impactan directamente en la vida de los estudiantes universitarios. La Universidad Nacional de Córdoba desarrollará acciones complementarias para propender a la igualdad de oportunidades de sus estudiantes, priorizando a aquellos sectores más vulnerables de la sociedad. Por tal razón, los estudiantes tienen derecho a:

11º: Acceder a un sistema básico de salud.

12º: Acceder a una vivienda digna y adecuada para el desarrollo de sus estudios.

13°: Disponer de una alimentación adecuada.

14º: Participar en instancias culturales, deportivas y de recreación dentro del ámbito de la UNC

DERECHOS POLÍTICOS | Como garantía al desempeño pleno como integrante de esta Universidad, todo/a estudiante tiene derecho a:

15º: Postularse como representante de su claustro y elegir sus representantes estudiantiles en los órganos de co-gobierno, de acuerdo a los requisitos dispuestos por los Estatutos y reglamentaciones vigentes.

16º: Organizarse, ser elegido y elegir en el seno de los órganos gremiales propios de su claustro, participando libremente de agrupaciones, comisiones de trabajo, etcétera.

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